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04
June
2013

InnoEmpresa: Abierto el plazo de Solicitud de Subvenciones en Castilla la Mancha

subvencion

Se trata de un programa de apoyo a la innovación empresarial tanto, tecnológica como organizativa incluido en el Programa Nacional de proyectos de innovación del Plan Nacional I+D+i. Está dirigido exclusivamente a las pequeñas y medianas empresas. El programa se inició en 2007, está cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y es gestionado en cooperación con las CC.AA., mediante proyectos regionales pero también a través de otro tipo de proyectos, denominados suprarregionales, en los que deben participar pymes de varias CC.AA. Estos últimos son directamente gestionados por la Dirección General de Industria y de la PYME.

En Castilla La Mancha se abre el plazo de solicitudes hasta el 27 de junio de 2013.

Serán subvencionables:

  • Apoyo a proyectos que impliquen la adopción de nuevos modelos empresariales innovadores que incidan en la mejora de las diferentes áreas de la empresa como:
    • Organización de la producción.
    • Relaciones con proveedores o clientes.
    • Innovación en los modelos de marketing y de comercialización.
    • Gestión medioambiental.
    • Innovación en eficiencia energética.
    • Innovación en logística y distribución.
    • Innovación en el área de Recursos Humanos.
    • Integración de los sistemas de gestión empresarial.
  • Apoyo a la realización de diagnósticos de situación y elaboración e implantación de planes estratégicos.
  • Apoyo a la incorporación de diseño de producto, pudiendo incluir elementos de identidad gráfica, envase y embalaje y comunicación siempre que se encuentren asociados al nuevo producto.

Innovación Tecnológica y Calidad

Cuantía de la subvención.

1. Cuando la beneficiaria directa sea una pyme, la cuantía de la subvención que se podrá obtener será del 50 por ciento del gasto subvencionable, si se considera pequeña empresa y del 40 por ciento, si se considera mediana
empresa.
2. Cuando la entidad beneficiaria directa sea un organismo intermedio, para proyectos en los que se presten servicios a pyme con los requisitos, condiciones y límites establecidos en la Orden de 23 de junio de 2008, la cuantía de subvención que se podrá obtener será de hasta el 50 por ciento del gasto subvencionable realizado directamente por el organismo intermedio. Para el gasto subvencionable realizado directamente por las pyme participantes en el proyecto se estará a lo establecido en el número 1 de este apartado, para lo cual deberá evaluarse el importe de estas prestaciones. La intensidad de ayuda no podrá superar en el conjunto del proyecto los límites establecidos en el Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre.
3. En todos los casos, la ayuda se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y en ningún caso el importe de la subvención podrá ser de cuantía tal que sobrepase, aislada o en concurrencia con otras subvenciones, el coste total del proyecto o, en su caso, se sobrepasen los porcentajes máximos fijados por la Unión Europea. A estos efectos, los límites máximos de subvención se ajustarán a las limitaciones regionales establecidas por la Comisión Europea basadas en el nuevo Mapa español de Ayudas Regionales 2007-2013 (Ayuda de Estado N 626/2006) aprobado por Decisión de la Comisión de 20 de diciembre de 2006.

 

 

 

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